PRIMERA. Objeto. El presente Contrato tiene por objeto regular el alta de EL CLIENTE
en la cartera de clientes de QUISER, así como las condiciones generales aplicables al suministro de
productos y/o servicios que EL CLIENTE contrate con QUISER de forma sucesiva, mediante pedidos
individuales que se regirán por las condiciones aquí establecidas salvo pacto expreso en contrario.
SEGUNDA. Condiciones económicas y forma de pago. Los precios de los productos y/o
servicios serán los vigentes en cada momento según tarifa de QUISER o presupuesto aceptado por EL
CLIENTE. EL CLIENTE autoriza a QUISER a realizar el cobro de sus facturas mediante domiciliación
bancaria (adeudo directo SEPA - Core), de acuerdo con el siguiente mandato:
El mandato se generará con la referencia del contrato, el identificador de acreedor SEPA de QUISER
y los datos identificativos y bancarios que EL CLIENTE facilite en el presente formulario (nombre o
razón social, forma de pago, plazo del giro, banco, IBAN y días fijos de cobro).
Mediante la firma de este Contrato, EL CLIENTE autoriza a QUISER a enviar instrucciones a la
entidad del deudor para adeudar su cuenta y a la entidad para efectuar el adeudo de acuerdo con las
instrucciones de QUISER. Como parte de los derechos de EL CLIENTE, éste tiene derecho a que se le
reembolse por su entidad en los términos y condiciones del contrato suscrito con la misma. La
solicitud de devolución deberá efectuarse dentro de las ocho semanas que siguen a la fecha de adeudo
en la cuenta.
TERCERA. Protección de datos. QUISER tratará los datos personales facilitados por
EL CLIENTE con la finalidad de gestionar el alta como cliente, la relación comercial y el
cumplimiento de las obligaciones legales derivadas de la misma, conforme a lo establecido en el
Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la LOPDGDD. EL CLIENTE puede ejercer sus derechos de acceso,
rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad en los términos descritos en la
https://www.quiser.es/legal/politica-de-privacidad, que ha sido puesta a
disposición de EL CLIENTE con carácter previo a la firma del presente Contrato.
CUARTA. Validez de la firma electrónica. El presente Contrato se firma mediante
firma electrónica simple prestada a través de captura manuscrita digitalizada (trazo sobre
dispositivo táctil o ratón), conforme a lo previsto en el Reglamento (UE) n.º 910/2014 (eIDAS) y el
artículo 3 de la Ley 6/2020, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de
confianza.
QUINTA. Duración y resolución. El presente Contrato tendrá una duración indefinida
desde la fecha de su firma, pudiendo cualquiera de las partes resolverlo mediante comunicación
fehaciente a la otra parte con una antelación mínima de 15 días naturales, sin perjuicio de las
obligaciones de pago pendientes por pedidos ya servidos.
SEXTA. Ley aplicable y jurisdicción. El presente Contrato se rige por la legislación
española. Para cualquier controversia que pudiera derivarse de su interpretación o cumplimiento,
ambas partes se someten a los Juzgados y Tribunales que resulten legalmente competentes, con renuncia
expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.